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¿Por qué crece y 'seduce' la compra y venta de inmuebles con Bitcoin en la Argentina?


El auge de las criptomonedas las llevó a colarse en estas transacciones que tradicionalmente se concretaban en dólares en el país.




Si los argentinos, para escapar de la inflación o de los controles cambiarios excesivos, empezaron a ahorrar e invertir en Bitcoin (BTC), parece natural que esa criptomoneda y otras similares se vuelvan un medio de pago para comprar una propiedad.

Y es que ese es el contexto actual en el mercado inmobiliario albiceleste, el cual incorpora actualmente nuevas operaciones comerciales a través de este tipos de activos, que involucran el pago de propiedades en BTC, la criptomoneda insignia del ecosistema.


En paralelo, este sector de activos digitales despertó confianza en otro segmento de inversores, a raíz de la debilidad del billete verde en diferentes partes del mundo y el entusiasmo demostrado por importantes jugadores, entre los que se destacan los grandes fondos, financistas institucionales y compañías de primer nivel, y principalmente compradores y vendedores independientes.


En la Ciudad de Buenos Aires, ya es posible acceder a propiedades por 2 bitcoin. "Al cotizar aproximadamente u$s40.000 cada bitcoin, por u$s80.000 se pueden conseguir departamentos de un ambiente y dos ambientes chicos en barrios como Almagro, Villa Crespo, Paternal y algunas zonas de Caballito. También monoambientes en Palermo y Belgrano", precisó Gabriel Brodsky, CEO de la firma Predial.

En barrios como Almagro, se consiguen departamentos aún en construcción de hasta dos ambientes (aproximadamente 34 m2), desde u$s76.076. En otros como Villa Crespo se encuentran de 1 ambiente que cotizan u$s64.202 y de 2 ambientes (de 44,65 m2) por u$s79.031.



Al momento de pagar con criptomonedas, el cliente puede optar por conservar esa moneda en su cuenta o convertirla en pesos o dólares a la hora de efectuar el mismo. Otros optan por dejarlas en su billetera virtual.

"Acá no hay dos puntas como en el dólar, no existe una cotización para el comprador y otra para el vendedor, se establece un único valor que está disponible en internet", precisó Brodsky.


Si bien la volatilidad en el precio de las criptomonedas en los mercados es un factor que muchos tienen en cuenta a la hora de realizar operaciones con las mismas, el ejecutivo aclaró que "la propiedad no se paga en bitcoin sino que se pagan en criptomonedas estables que cotizan a la par del dólar". "Un ejemplo de estas monedas es Tether (USDT). Es la más conocida y utilizada que tiene una paridad de 1 en 1", añadió.

Y agregó: "Si el comprador está posicionado en bitcoin lo que se le suele pedir es que venda esa cartera de bitcoin y las transforme en moneda estable. Es decir, al propietario lo que va a transferir es USDT, por ejemplo. Entonces, al momento que se hace la operación no hay fluctuación, el monto es el mismo que si estuviera haciendo una transferencia o un pago en efectivo".


El mayor caudal de perfil insignia que realiza este tipo de operaciones son los millennials, seguidos de cerca por un público de 40 años que se muestra receptivo. "Los millennials que apostaron por las criptomonedas vienen teniendo una capitalización fantástica que hace que en muchos casos puedan adquirir un departamento con las ganancias obtenidas en poco tiempo", describió Brodsky, y además hizo hincapié en que "el núcleo principal con el que estamos trabajando tiene 40 años".

El auge de las criptomonedas acerca a las mismas a las empresas, industrias e incluso a los propios hogares. "Esta es la punta del iceberg. Para la industria inmobiliaria se a

bre un abanico espectacular de posibilidades", vaticinó Brodsky.



Cómo se cierra una operación.


Alejandro Bennazar, presidente de la Cámara Inmobiliaria Argentina (CIA), confió a iProUP que la institución "hace más de dos meses viene formando a los profesionales del sector para el uso de criptomonedas en las transacciones".

Quien está a cargo de las capacitaciones es el escribano Nicolás Soligo Schuler, doctor en derecho notarial y registral, y asesor de la presidencia de la CIA y de la Fundación de Estudios para Desarrollos Inmobiliarios (FEDI).


"En los inmuebles que se ofertan en bitcoins el vendedor está interesado en tener una determinada cantidad de criptomonedas o que el inmueble esté en dólares y que se acepten bitcoins a la cotización del día de la operación", precisó el letrado a iProUP.

Según el escribano, en el contrato hay que indicar, por ejemplo, "que se adquirirá un dos ambientes por dos bitcoin: uno se paga a la firma del boleto y el otro en la escritura".

Aunque remarcó que es conveniente colocar "cláusulas similares a la de los riesgos cambiarios, debido a la volatilidad del Bitcoin y a que el estudio de títulos puede tardar un mes". En estos casos, Soligo Schuler indicó que hay dos escenarios posibles:

  • "Pactar que el comprador asume el riesgo del agravamiento del tipo de cambio"

  • "Salvaguardar que el comprador ya tiene en su poder los bitcoins para hacer frente a la obligación, lo que se denomina 'manifestación de solvencia'"


De acuerdo con el letrado, se trata de una "cesión permuta: el comprador se compromete a dar un bien intangible, mientras que el vendedor lo acepta como parte de pago".

Para ello, Soligo Schuler advirtió que en el contrato se indican las claves públicas, es decir, las direcciones de bitcoin entre las cuales se realizarán las transacciones, equivalentes al CBU bancario. "Es importante que manifiesten que son dueños de esas cuentas", remarcó.


En relación al monto de la operación, hay que estimar un valor del inmueble equivalente en criptomonedas en pesos o en dólares a la cotización del día de Banco Nación para cumplir con las obligaciones impositivas.

A nivel tributario, señala que "el tratamiento de los tributos nacionales, como los Impuestos a la Transferencia de Inmuebles (ITI), Ganancias y sellos, es similar a una compraventa tradicional".

Soligo Schuler asegura que tanto los honorarios de escribanía como de la inmobiliaria pueden pagarse también en criptomonedas, siempre que quede explícito entre las partes.

"No obstante, los impuestos, como son fondos que pertenecen al fisco y los escribanos somos agentes de retención, deben abonarse en moneda nacional", completa.

Además, el letrado remarca que los notarios deben solicitar documentación que respalde el origen de los fondos utilizados en operaciones superiores a los $12,32 millones, ya que son sujetos obligados de la Unidad de Información Financiera (UIF).

"No basta manifestar que se transmiten fondos, sino comprobar la adquisición. Por ejemplo, el comprador debe justificar que compró cierta cantidad de cripto a u$s15.000 en una fecha determinada por el fruto de su trabajo, pero no debe demostrar que ahora tiene u$s400.000 por la revalorización del activo", explicó.

Además, remarca que no hace falta que participe un exchange de la operación si ambas partes ya tienen billeteras de criptomonedas.

"Es una transacción entre particulares. Lo curioso es que asemeja mucho a una transferencia bancaria porque el dinero no está en la mesa, pero también al efectivo porque se realiza cara a cara, lo que se denomina F2F (face to face)", remarcó.



Fuente: Iproup

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